SIC ordena a Rappi cumplir normatividad de comercio electrónico y le formula pliego de cargos
Evaluaron peticiones, quejas y reclamos de abril a octubre de 2018.
La Superintendencia de Industria y Comercio emitió una orden administrativa a la empresa Rappi S.A.S. para que cumpla con la normatividad de comercio electrónico.
Además le formuló pliego de cargos por una presunta vulneración a las normas que protegen al consumidor por conductas relacionadas con publicidad engañosa, promociones y ofertas, reversión del pago, entre otras, luego de evaluar las peticiones, quejas y reclamos recibidas entre abril y octubre de 2018.
"Esta decisión se imparte luego de analizar la naturaleza del modelo de negocio de la sociedad en mención, donde se concluyó que esta funge como proveedor o expendedor de bienes y servicios a través de medios electrónicos (plataformas de comercio electrónico), superando el alcance de los portales de contacto, por lo que ahora debe cumplir con las disposiciones del Estatuto del Consumidor. La decisión fue tomada mediante la Resolución No. 40212 de 28 de agosto de 2019".
Según la SuperIndustria, "luego de evaluar las pruebas recaudadas en la averiguación preliminar, así como las respuestas emitidas por la sociedad, la Superindustria encontró que Rapp S. A. S. no solo cumple con la función de contactar a Rappitenderos, consumidores y aliados comerciales, sino que hace parte de la cadena de comercialización, así sea de manera indirecta, de los bienes y servicios que ofrece a través de su plataforma".
Para la SIC, Rappi S.A.S. suministra la herramienta tecnológica para la materialización de relaciones de consumo, obtiene un porcentaje de los valores transados a través de sus plataformas, participa en la realización del pago, emite publicidad, realiza promociones y ofertas, asume mediante los canales chat rappitendero y soportes el diálogo con el consumidor; siendo además la única cara visible frente al consumidor.
De otra parte, la Superindustria evaluó el documento denominado términos y condiciones de uso de la plataforma por parte de los consumidores, y determinó que algunas disposiciones podrían vulnerar las normas del Estatuto del Consumidor al limitar la responsabilidad del proveedor respecto de las obligaciones que por ley le corresponden, involucrar la renuncia de derechos del consumidor, presumir la manifestación de voluntad del consumidor, restringir la posibilidad de hacer efectivas las garantías y la entrega de vueltas exactas.
"A partir de lo anterior, se ordenó a RAPPI S.A.S., ajustar las cláusulas del documento en mención en aras de proteger los derechos de los consumidores", añadió la SIC.
Contra la orden administrativa, no procede recurso alguno.
Mencionó la Superintendencia que algunas de las inconformidades denunciadas por los consumidores fueron cobros distintos a los anunciados, incumplimiento de las promociones y ofertas, devolución de dinero en “Rappicréditos”, cobro de pedidos cancelados, cobro de pedidos sin que llegue el producto, incumplimiento en garantía, demora en la entrega de pedidos, entrega de productos diferentes a los solicitados, doble cobro por un mismo pedido y descuentos en tarjeta de crédito sin autorización.